Mauricio Macri

No es cierto, directamente. A ver, por empezar, el art. 99 habla de empleos. Ahora, ¿qué puestos está facultado para cubrir el presidente? NUNCA un puesto en la Corte Suprema, ya que eso está específicamente estipulado que debe ser realizado por el Senado y no permite NINGUNA EXCEPCIÓN. O sea, vos podés designar cualquier empleo que la Constitución no prohíba específicamente en otras áreas. Esto quiere decir, puede cubrir cualquier vacante que haya EN EL PODER EJECUTIVO. Para eso está la división de poderes.

Ni hablar de lo que dice Stolbizer, que es ATINADÍSIMO. El trabajo de un juez es estable, y nadie lo puede remover. Ahora resulta que si nombra a estos jueces por decreto, y luego deroga dicho decreto (lo cual es una atribución presidencial), resulta que el Presidente, por ende, estaría removiendo jueces que no puede remover. :mrgreen:

Además, insisto en lo que dije antes. No soy abogado, Andresito ayudame ( [MENTION=17196]IL SAVIOLITA[/MENTION]; ) pero hasta donde tengo entendido, un fallo de la Corte Suprema es irrevocable, no sé si inapelable pero es la palabra máxima a lo que podés acudir. Lo único que creo que por lógica está por encima de la Corte Suprema es la justicia internacional, pero para llegar a eso tienen que darse una serie de cosas que rara vez se dan. O sea, si vos llegaste hasta la Corte Suprema para dirimir una disputa que apelaste en todos los tribunales anteriores y la Corte Suprema da su veredicto, no tenés nada más arriba.

Ahora bien, la designación de estos dos jueces es ILEGAL. Por ende es NULA. Es lo mismo que un Golpe de Estado. Dado que nadie está facultado a tomar el poder por las armas sino a través de los mecanismos que establece la Constitución Nacional, cualquier gobierno que llegue al poder por otra vía es ILEGAL y cualquiera de sus actos de gobierno es NULO, por definición. Pensemos en una Corte Suprema que durante un año esté fallando con estos dos jueces de manera ilegal. ¿Vos te das cuenta de que cualquiera de los fallos de la Corte Suprema sería inconstitucional, ilegal y nulo, ya que dos de sus jueces fueron nombrados de manera ilegal? O sea, además es AL PEDO. Porque cualquier abogado podría tranquilamente ponerte cincuenta y un mil recursos de amparo para no cumplir un fallo de la Corte Suprema alegando que su constitución misma está viciada de nulidad, y TENDRÍA RAZÓN.

Sí, ahi estuve leyendo, mi duda es la misma que expresas vos, ¿un juez es un empleado público, de esos que habla el inciso 19?
Dice el Art. 110:
‘‘Los jueces de la Corte Suprema y de tribunales inferiores de la Nación conservarán sus empleos mientras dure su buena conducta, y recibirán por sus servicios una compensación que determinará la ley, y que no podrá ser disminuida en ninguna manera, mientras permanezcan en sus funciones.’’

Mi análisis, siendo lo más objetivo que puedo, es que según la constitución el decreto del Maurih sería legal pero 2/3 del Senado lo tiene que convalidar a partir del inicio de las Sesiones Ordinarias. Por otro lado, estimo que todo funcionario político es un empleado público, entendiendo que es un empleado del pueblo cumpliendo funciones gubernamentales, sea cual fuese el Poder al que corresponda el empleo; y que por otro lado, todos ellos son empleados pero a su vez varía el método en el que deben ser designados.

---------- Mensaje unificado a las 18:07 ---------- El mensaje anterior habia sido a las 18:04 ----------

 [MENTION=7926]melezama[/MENTION]; a mi me parece cualquiera que un Presidente pueda nombrar un cargo en otro poder ya que creo que eso sería atentar contra la independencia de los poderes; pero estoy tratando de entender si esto es legal o no.

Mi duda está en si la palabra ‘‘empleado’’ que aparece en el artículo 99 inciso 19 convalida este fallo de Macri o no, y si un Juez se considera empleado o no.

Convoquen a los abogados del foro a ver que onda esto. [MENTION=36731]Quagmire[/MENTION]; Es el único que recuerdo

No, mi estimado.

Artículo 99 inciso 3 de la Constitución:

El Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo.

Inciso 4:

  1. Nombra los magistrados de la Corte Suprema con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes, en sesión pública, convocada al efecto.

Con ese articulito ya te tiré abajo tanto la designación de los jueces de la Corte Suprema como la baja de las retenciones. :lol:

Jajaja, es que me leí el artículo ida y vuelta un par de veces y salí más confundido que Balanta. Ni bien leí hasta el inciso 4 opinaba lo mismo, cuando llegue al inciso 19 se me llenó el culo de preguntas.

Obviamente estamos jugando al abogado, así que estaría bueno que uno verdadero venga a emitir su análisis

Te entiendo eh… pero por eso aclaro tu duda. No, es ilegal. Pensemos en otra facultad que tiene el presidente, por ejemplo artículo 99 inciso 15:

  1. Declara la guerra y ordena represalias con autorización y aprobación del Congreso.

¿A vos te parece que se podría declarar la guerra por decreto y esperar hasta que el Congreso después apruebe la declaración? :lol:

Es algo lógico, Jano. Es ILEGAL Y NULO DE TODA NULIDAD.

Anunciaron que se vienen los cortes de luz programados … como en las epocas de alfonsin !!

12 años para reorganizar y actualizar y no hicieron una mierda , GRACIAS HIJOS DE PUTA !!

No me anda bien el 4g, así que voy a comentar 2 cosas: 1) lo de los jueces es lamentable y vergonzoso. No creo que sea una promesa de campaña avasallar las instituciones. Para eso nos hubiéramos quedado con zannini.
2) Hay que dejar de fanatizarse por lo menos por 2 años.

Pero es que vos tenés que pensar como se piensa en leyes. Sobre todo, como se piensa en el famoso “vacío legal”.

¿Qué te quiero decir con esto? Que cualquier cosa que esté en el inciso 19 se puede aplicar con cualquier puesto que no esté ESPECÍFICAMENTE ACLARADO (antes o después) en la Constitución. Esto es, si los jueces de la Corte Suprema tienen su designación específicamente aclarada, lo del inciso 19 se refiere a cualquier otro puesto MENOS al de la Corte Suprema. Por caso, tampoco se podría aplicar a otros jueces, ya que el mecanismo es el del Consejo de la Magistratura. Y JUSTAMENTE POR ESO fue que le volvieron para atrás los últimos decretazos de nombramiento a Cristina, con amparos hechos en contra de estos decretos por el mismísimo PRO. Entonces, si ellos mismos consideraban inválidas las designaciones de subrogantes y todo eso porque no se hacía a través del mecanismo del Consejo de la Magistratura, ¿cómo se les puede ocurrir hacerlo con el máximo tribunal nacional?

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Si bien las formas no son las mejores. Completar la suprema corte me parece importante. Creo entender que el senado tiene que avalar esto mas adelante. Los jueces que promovieron son muy calificados uno de esos fue Ministro de Justicia de Nestor. Si bien las formas estan mal. Me parece que el tema de fondo tiene buenas intenciones por lo menos en este caso. No asi con el tema del AFCA que obviamente la idea es sacar la Ley de medios para pagar los favores a clarin por lo que se ve a lo lejos lo que si estoy de acuerdo es sacar al impresentable de Sabatella. No puede ser titular alguien que es fanático de un modelo(sea cual sea). Anoche no pudo nombrar UN error del gobierno anterior NI UNO SOLO en animales sueltos.

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no te voy a discutir la falta de control del estado a las empresas por que no soy necio. Lo que si te digo es que el ministro de MM confirmó que no hay problemas de generación sinó de distribución o cableado y que los inconvenientes se generan por el la alta demanda de energía, proveniente de la utilización de los “aires acondicionados” que sostiene gran parte de una población que antes se arreglaba con el ventilador de la abuela por que les costaba comprar uno.

Entonces el Poder Judicial no debería derogar ese decreto?

Yo creo que sabbatela es un caso menor. Gils carbo es necesario sacarla por militante declarada. La cagada es qué autoridad tenes si designas 2 jueces de la corte por decreto. Aparte… Decir que buscas consenso y en la primera que podés demostrar puenteas… Fulero fulero.

---------- Mensaje unificado a las 22:30 ---------- El mensaje anterior habia sido a las 22:27 ----------

Todos compraron porque es barata la luz, pa. Es como tener un auto 2.5 litros y pagar la nafta 2 pesos el litro.

No, tocayo. Y te explico por qué. NO PODÉS pasar por arriba las formas. Porque justamente son LAS FORMAS las que hacen que un abogado pueda apelar un fallo.

Te planteo el siguiente ejemplo: supongamos que esto se valida al inicio de sesiones ordinarias del Congreso, por los 2/3 del Senado. Esto quiere decir que desde que estos jueces fueron nombrados por decreto hasta el 1° de marzo (supongamos, pongo la fecha tradicional de inicio de sesiones), cualquier fallo del que hayan participado es NULO. Porque justamente, su FORMA de nombramiento es ILEGAL.

OBVIAMENTE, si vos nombrás dos jueces de la Corte Suprema por decreto a HOY, y no esperás hasta el 1° de marzo a que abra el Congreso, es porque estás planeando que HOY empiecen a trabajar, y no podés esperar hasta marzo, ALGO QUERÉS QUE HAGA, no vas a nombrar gente de forma manifiestamente ilegal para que estén criando pelusa en el ombligo tres meses. Y muy seguramente, pensás mandar algún que otro per saltum (eso se dice cuando el Ejecutivo manda un caso X a la Corte Suprema pasándose por alto las instancias judiciales anteriores).

Sigamos suponiendo. Supongamos que la Corte Suprema se expide respecto de un caso X. CUALQUIER ABOGADO DEL CASO X aunque sea medio pelotudo (si hasta yo, que soy abogado, lo sé), presenta un recurso de amparo para que el fallo de la Corte Suprema no se aplique. ¿Por qué? Porque dos de sus miembros fueron nombrados ilegalmente, y por ende, la Corte Suprema en sí es inconstitucional y nula, lo mismo que sus fallos. Puedo estar SIGLOS Y SIGLOS con este amparo, el cual MUY POSIBLEMENTE PUEDA llegar a un tribunal internacional, ya que por lógica la misma Corte Suprema no podría decidir sobre su composición, respecto de si es nula o no. :lol:

Vos me estás hablando de FORMAS y me estás hablando de JUSTICIA. ¿Sabés que las formas, justamente, en la Justicia, han hecho que hayan salido libre miles y miles de delincuentes, ya que su detención no siguió las formas, o su interrogatorio no siguió las formas, o su juicio no siguió las formas, A PESAR DE SER CULPABLES? Justamente en lo legal es en donde NUNCA podés descuidar las formas.

Abrazo, tocayo.

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El Aire acondicionado es la cagada mas grande. La clave es doble cerramiento en las ventanas. No pasa ni el frío ni el calor. Con un ventiladorcito estás como un rey. Eso si, si explota la bomba atómica y la humanidad desaparece yo no me entero de nada. :mrgreen:

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claro ahora resulta es culpa de los aires acondicionados , no hay prevencion de nada , somos 10 millones mas que hace 15 años , ni siquiera hubo prevencion ni calculo!! y tuvieron 12 años para solucionar el problema , no jodamos , no les apretaron las bolas a las empresas eléctricas , vaya uno a saber porque , y ahora pagamos las consecuencias , y DE VIDO que carajo hizo en todo este tiempo? , el negador serial de los cortes de luz en verano , vaaamooo !!
Y ni siquiera voy a meter el tema de la eterna subvencion a gente o empresas que no lo necesitan !!

No, el poder judicial no puede DEROGAR un decreto, lo que puede es DECLARARLO INCONSTITUCIONAL. Supongamos que un juez declara inconstitucional esto (va a suceder NI BIEN se publique en el Boletín Oficial, que no te quepan dudas). Y el Gobierno va apelando esta declaración de inconstitucionalidad ante los diferentes fueros, hacia arriba. ¿Hasta dónde llega esa apelación? ¿HASTA LA CORTE SUPREMA? ¿O SEA QUE LOS MISMOS TIPOS QUE PUSIERON AHÍ ILEGALMENTE VAN A TENER QUE DECIDIR SI FUERON NOMBRADOS ILEGALMENTE? :lol::lol::lol::lol::lol:

No solo es inconstitucional. ES UN MAMARRACHO JURÍDICO PROPIO DE UN INÚTIL. :lol::lol::lol::lol::lol:

Bueh, seguro que no vivis en un depto su cual le pega el sol de los 4 costados. No hay doble vidrio que te salve:evil:

Si eso esta claro. Un error totalmente infantil (Espero). Caso similar lo del mandato del gobierno anterior.

Gran error de Macri, aparte no entiendo el apuro por justo ahora nombrarlos. Ya hasta Pinedo dijo que debería haber pasado por el senado, ojalá revean esto.

Eso eso quise decir, declararla inconstitucional, ya se me empezó a mezclar el vocablo cívico :mrgreen:
Que bizarro todo. Y esto no sería uno de esos casos aptos a ser transferidos a justicia internacional de los que hablaban antes?

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