Que te preguntaron? Por lo que me dijeron, en caso de pérdida podes denunciarlo y te reintegran el monto que tenias cargado, y para verificarlo necesitas corroborar tus datos.
La verdad no hice el tramite. Vi que estaban dando en acoyte y rivadavia, me acerque a chusmear y cuando vi q verificaban el dni me tomé el palo, je.
Obvio que saben mi dni, pero lo que me molesta es que asociandolo a las estadisticas del sube, saben absolutamente todos los movimientos y los horarios de mi vida, je.
Igual ya me tiene bronca la de Medrano, un día le pedí certificado de demora y me dijo “viene con demora?” PELOTUDA TRABAJAS AHI Y NO TE DAS CUENTA QUE HACE 15 MINUTOS QUE NO VIENE ???
Y luego otro día le pedí que me cargue 50pe con un billete de 100pe y me dijo “ohhhh a las 6 de la mañana no puedo cambiarte ese billete”
Igual esta perfecto que te pidan los datos, creo que tiene que ver con el tema de que como la tarjeta no da ticket como el boleto con monedas, en caso de accidente para probar que estabas ahi, con la tarjeta a tu nombre y el viaje que figure en la tarjeta, serviria como medio de prueba.
creo que no hace falta que esté registrada a tu nombre. Con que quede registrado algun numero de serie de la tarjeta y vos tengas la tarjeta en tu poder podrías hacer el reclamo.
Pero no hace falta que esté a tu nombre, con tener la tarjeta en tu poder alcanza. Es como un boleto. El viaje queda registrado en la maquina con un numero de serie propio de la tarjeta.
Mañana tengo que viajar en subte, realmente no me da la cara para bardear al de la ventanilla, pero si me levanto alteradito (algo muy común en mi) cuando me esté por cargar la tarjeta le voy a decir algo asi, pero un poco mas hiriente. Bien al estilo rafariveriano
El decreto 658/96 (busquenlo, jaja) elabora un listado en el que se relaciona causalmente una patología o cuadro clínico con un agente de riesgo y una actividad laboral que puede generar exposición al mismo. Para la afección de que se trata (tendinitis, epicondilitis), se exigen “posiciones forzadas y gestos repetitivos en el trabajo” y se describen una serie de labores con aptitud para su configuración. Entre ellas, trabajos que requieren movimientos repetitivos de aprehensión o de extensión de la mano; supinación, prono-supinación; de aducción o de flexión y pronación de la mano y la muñeca y aquellos que requieren de un apoyo prolongado sobre la cara posterior del codo.
Es a esto a lo que yo me refiero, nada mas que a eso.
Lo que es verdad que hay gente que reclama cualqueir gansada, ej: empleadas adminsitrativas que reclaman epicondilitis por dar los turnos medicos. Les rechazan todas las demandas, porque nada guarda nexo causal.
Lo que yo digo es que hay que verificar si tal actividad conlleva la preencia de un agente de riesgo. Y si hay, se debe modificar, por mas que les parezca que “la tarjetita” es una pelotudez. Reitero, aca no se evalua la tarjetitaa, se evalua el agente de riesgo nomas.