Cargo es una contraprestaciòn que tenès que hacer a favor de la otra parte(ej, yo te doy esto si me construis una estatua).
Plazo es un tiempo determinado dentro del cual hay que cumplir con la obligaciòn(ej, 30 dias)
Condiciòn es un acontecimiento incierto que si sucede se adquiere o no un derecho. No sè como te habràn enseñado a vos, pero yo tengo 2 clases: suspensiva(ej, te doy esto cuando te recibas) y resolutoria(ej, te presto esto hasta que llueva).
Uh, las nulidades son una paja.
En este momento no recuerdo ejemplos, me tendrìa que fijar. Mañana lo hago.
Fijate en el Còdigo que ahì te salen ejemplos de las absolutas
Esas frases pedorras del derecho civil son geniales, ejejeje. De manual nomas, despues ves un insolvente y salen pregutnas de las de tu tipo, jajaja.
Yo me he llegado a meter en una sucesion porque el deudor (juicio laboral) era uno de los herederos. Lindo quilombo se armo, jajaja. Pero cobrar, cobro, jeje.