Y si partimos de la base que la actividad es ilegal, no se que quiere debatir lo único que rescato de la nota es la parte que dice que podrían haber usado los datos publicados en el diario para investigar y a mi me parece que esa hubiera sido una buena forma de agarrar a varios.
La prostitución debe llegar a su fin en algún momento
Que sea la segunda profesión más antigua del mundo (la primera es la de Ama de casa) no significa que deba ser eterna
En la antigüedad las mujeres sólo servían para procrear. Luego se suponía que sólo el hombre podía disfrutar del sexo, mientras que las mujeres debían aceptarlo. Al fin y al cabo, ni siquiera elegían con quien casarse
¿Alguien cree que el mundo sigue siendo el mismo, para creer que se deben mantener las mismas prácticas
Hoy hombres y mujeres aceptan las relaciones sexuales como momentos de placer. También como elemento de consolidación de una pareja. Y que esto no requiere de la formalidad de un matrimonio
¿En este contexto, tiene sentido aún, la explotación sexual, a través de la fuerza física, o a través de la fuerza del dinero?
Un periodista de la ciudad de La Rioja comentó:
“Pensar esta decisión como un mero golpe a Clarín, es una estupidez. Las mujeres no son mercancía, las drogas tampoco. En mi Rioja “las chicas” valen entre $5000 y $10000 pesos. Un kilo de marihuana cuesta $800 pesos y uno de cocaína $6000…- Limitar el estímulo a la demanda de sexo y de drogas en los medios de comunicación también es prevenir.”
jajajaj
No discrimino barrio o comuna.
Pero creo que nunca pagaria por sexo.
Lo digo hoy que hasta ahora no lo hice, y espero mantener mi idea.
Quizas si pasan años y años y años de sequia…
La Oficina de Monitoreo de Avisos de Oferta Sexual, el organismo que fue creado por un decreto de la presidente Cristina Kirchner, podrá aplicar sanciones a partir del 18 de julio a los medios de comunicación o portales de internet que violen la prohibición de difundir las publicidades contempladas en la resolución, confirmó hoy el ministro de Justicia de la Nación, Julio Alak.
A ver, repasemos: de entrada aclaro que repudio la trata de blancas, como así. No la prostitución en sí, sino cuando las personas son obligadas (en muchos casos menores, y secuestradas de provincias norteñas) a practicarla.
De la prostitución mal podría estar en contra. No soy quien para ponerme a juzgar a alguien que decide vender su cuerpo por dinero, no lo hacía Jesús, mirá si lo voy a hacer yo. Y no creo que tampoco las mujeres en sí tengan “la palabra” sobre esto como dice Nico, ya que la prostitución no es solamente femenina hoy en día, eso ya murió hace rato. Y además, en otros países (no así en el nuestro) está permitida, y no hace falta irse a países europeos como Holanda. Basta cruzar a Foz do Iguazú. :mrgreen:
Después… con respecto a los avisos… digamos que acá se toma una medida en la cual no se prohíbe la práctica del hecho en sí (que creo difícilmente la podrían prohibir ya que ya está prohibida, según recuerdo la prostitución YA ES un delito) sino la publicidad anticipatoria al hecho (:mrgreen:).
Ahora bien, el consabido “Rubro 59” en sí es apenas una de las modalidades de anuncio de este tipo de servicios. Y hoy por hoy, existiendo Internet, ni siquiera es la más popular. Y es más, aunque se intentase prohibir que exista la publicidad en Internet, es imposible. Porque basta con que alguien abra una página que sea .com en lugar de .com.ar para estar sujeto a las leyes internacionales que regulan eso, sobre las cuales la legislación argentina no puede hacer un joraca.
¿Conclusión? Una medida efectista, más que efectiva. Que no contribuye a erradicar en sí la prostitución (si es que se quiere erradicar, cosa en la que ya planteé que no estoy de acuerdo… y que es imposible de erradicar, al margen), sino que apunta a que “no se vea”. O a quitarle aaaaaaalgo de publicidad.
yo creo que el famoso “rubro 89” es una de las herramientas fuertes de la trata de blancas, mas allá de que sea tambien una herramienta de laburo para algunos… que se yo, se optó por el mal menor, no siempre pueden quedar todos conformes y satisfechos
Es muy interesante la regulación jurídica de la prostitución, porque hasta donde yo entiendo, prohibida no está (en capital lo que se prohibe y se sanciona como contravención es la oferta de sexo en la vía pública a menos de cierta distancia de casas y escuelas). Lo que sí está prohibido es el proxenetismo, con lo cual de por sí deberían caer el 99% de los prostíbulos.
Pero una persona prostituyéndose en su casa es algo perfectamente legal (en todo caso ahora no podrán promocionarse a través los clasificados). Lo interesante sería (no conozco por el momento) leer algún fallo donde se reclamen daños y perjuicios por incumplimiento contractual, digamos, algo así como “Gómez c/ meretriz s/ garganta profunda no efectuada” (dicho sea de paso, los autos de los fallos se parecen bastante a los avisos clasificados del rubro 59 :mrgreen:)
Con lo cual creo que el decreto de Cristina no modifica sustancialmente ninguna situación jurídica ni de hecho, salvo la enorme hipocresía de los diarios que publican esos avisos. Incluso podría decirse que es una medida basada en “la moral y las buenas costumbres”, lo cual a mi manera de ver es algo casi totalmente intrascendente. No se puede dejar de remarcar que lo que se requiere es una verdadera voluntad política en contra de la trata de personas, lo cual implica ir cerrando los prostíbulos uno por uno y hasta el último.
Es que en sí, si como vos decís no está prohibida, el problema no me parece que esté en los prostíbulos en sí. Es más, en otros países las “casas de tolerancia” o con el eufemismo que las llamen son aceptadas, y de hecho controladas, tanto de manera policial (para que no haya desbordes ni hechos delictivos) como clínica (esto es, que las trabajadoras y los trabajadores gocen de buena salud).
Ahora, si no es una actividad prohibida por la ley, ergo, está permitida. Y si está permitida, ergo, es una actividad comercial. Me gustaría saber cómo se inscriben estos muchachos y muchachas en el monotributo, y cuál es su código de actividad para el impuesto a los Ingresos Brutos, valga la redundancia. :mrgreen::mrgreen::mrgreen: