Barrios condenado a 4 años de prisión

La querella pidió 12 años de cárcel, pero el Tribunal lo condenó a cuatro de prisión efectiva y ocho de inhabilitación para conducir. La sentencia provocó la ira de la familia de la mujer embarazada que murió en el accidente el 24 de enero del 2010.

Fue la campana final. El último round de un juicio que se hizo extenso y ya tiene sentencia: nada menos que cuatro años de prisión efectiva y otros ocho años de inhabilitación para conducir, por el accidente vial que derivó en la muerte de la joven embarazada Yamila González y que provocó heridas en la conductora y una acompañante de otro auto, el 24 de enero de 2010.

El delito que le imputaron es “homicidio y lesiones culposas" y consideraron que al momento del hecho usaba el teléfono celular y luego se fugó, lo cual calificaron de “comportamiento egoísta”. Pero, para la parte querellante, que pidió 12 años de cárcel para la Hiena, la decisión del Tribunal fue demasiado corta y, tras los incidentes que se produjeron en la sala, prometieron que van a apelar.

La audiencia comenzó alrededor de las 17 en la sala II de la Cámara de Apelaciones, ubicada en el primer piso del Palacio de Tribunales de Mar del Plata, y estuvo a cargo del Tribunal Oral Criminal (TOC) 3, integrado por los jueces Juan Manuel Sueyro, Oscar Alemano y Eduardo Angulo. Adrián Rodríguez, abogado que representa a Graciela Morales, madre de Yamila, había pedido que Barrios fuera condenado a 12 años de prisión de cumplimiento efectivo por “homicidio simple con dolo eventual”. Mientras que la defensora oficial Carla Auad, solicitó al tribunal la absolución de Barrios y, en caso de no ser así, lo condene a la pena mínima legal de dos años en suspenso por el delito de “homicidio culposo”, sin objeción para cumplir con las reglas de conductas a través de trabajos voluntarios en una entidad pública.

El fiscal, Oscar Deniro, había pedido tres años y medio, menos de lo que finalmente los jueces decidieron. De ahí, que muchos familiares estaban con bronca hacia el fiscal de la causa, quien debió ser retirado custodiado.

Cuatro años a la Hiena | Olé | Diario Deportivo

una vergüenza, se ve que en la argentina no existe la palabra “justicia”

La querella pidió 12 años de cárcel, pero el Tribunal lo condenó a cuatro de prisión efectiva y ocho de inhabilitación para conducir. La sentencia provocó la ira de la familia de la mujer embarazada que murió en el accidente el 24 de enero del 2010.

Fue la campana final. El último round de un juicio que se hizo extenso y ya tiene sentencia: nada menos que cuatro años de prisión efectiva y otros ocho años de inhabilitación para conducir, por el accidente vial que derivó en la muerte de la joven embarazada Yamila González y que provocó heridas en la conductora y una acompañante de otro auto, el 24 de enero de 2010.

El delito que le imputaron es “homicidio y lesiones culposas" y consideraron que al momento del hecho usaba el teléfono celular y luego se fugó, lo cual calificaron de “comportamiento egoísta”. Pero, para la parte querellante, que pidió 12 años de cárcel para la Hiena, la decisión del Tribunal fue demasiado corta y, tras los incidentes que se produjeron en la sala, prometieron que van a apelar.

La audiencia comenzó alrededor de las 17 en la sala II de la Cámara de Apelaciones, ubicada en el primer piso del Palacio de Tribunales de Mar del Plata, y estuvo a cargo del Tribunal Oral Criminal (TOC) 3, integrado por los jueces Juan Manuel Sueyro, Oscar Alemano y Eduardo Angulo. Adrián Rodríguez, abogado que representa a Graciela Morales, madre de Yamila, había pedido que Barrios fuera condenado a 12 años de prisión de cumplimiento efectivo por “homicidio simple con dolo eventual”. Mientras que la defensora oficial Carla Auad, solicitó al tribunal la absolución de Barrios y, en caso de no ser así, lo condene a la pena mínima legal de dos años en suspenso por el delito de “homicidio culposo”, sin objeción para cumplir con las reglas de conductas a través de trabajos voluntarios en una entidad pública.

El fiscal, Oscar Deniro, había pedido tres años y medio, menos de lo que finalmente los jueces decidieron. De ahí, que muchos familiares estaban con bronca hacia el fiscal de la causa, quien debió ser retirado custodiado.

Cuatro años a la Hiena | Olé | Diario Deportivo

una vergüenza, se ve que en la argentina no existe la palabra “justicia”

una verguenza…

Asco

Si no fuese un personaje como la Hiena Barrios , a cualquier persona le dan 2 años y lo largan antes. Es todo un asco

Es muy fina la diferencia entre el dolo eventual y la culpa(imprudencia en este caso), lo mas curioso es que la pena varía notablemente entre uno y otro. Creo que dadas las circunstancias debería haber sido dolo eventual.
Las lesiones fueron en concurso ideal?

Merecia Cadena Perpetua

Es condenado a prision efectiva solo porque es la Hiena Barrios. Era muy dificil lograr una condena por dolo eventual, yo creo que en la causa nada hay que pueda ir en esa linea. La Camara, me parece, le va a bajar la condena.


Yo creo que esta bien el fallo, incluso creo que es mas de lo que le corresponderia. Para mi, como dije, la Camara le baja la pena. Lo que no creo que haga es dejarsela en suspenso. El tema pasa por el tiempo que le den. Si le dan 3 años exacto, a los 8 meses puede salir (a los 7, porque ya cumplio uno). Si le dan mas que eso, a los 2/3 puede salir. De ahi que se pelee tanto por que le den 3 y no 3 y 1 mes por ejemplo.

muertes,quilombo, despues en una pseudolibertad se muestra desafiante al seguir manejando mamado y sin arrepentirese…4 años…

y encima leo que en 8 meses puede salir…

en 8 meses la va a pasar bomba en la carcel, si es que alguno se anima a acercarse.

Para mi en un par de dias, pedido de excarcelacion mediante, esta en la calle. (Para mi eso debe ser asi).

El que esta atras es el hijo que una vez caga a palos ?

Entredormido escuche parte de la sentencia.

Algo fundamental, es que no pudieron probar que iba haciendo “conduccion temeraria” y las pericias marcaron que no iba a mas de 60 km/h. Ahi se acaba mucho de la denuncia de las victimas.

Y en esto me gustaria decir algo:

La gente muchas veces en la calle dice estupideces. Ven un accidente y tiran “ehh, el tipo venia como a 120”. El otro dia choco un bondi en panamericana y una vieja semi-dormida (de 80 y largos años) dijo que el bondi iba a mas de 150. sabe lo que es esa velocidad esa vieja? conoce la relacion Cx, Potencia, velocidad final de un automovil?
Tiene idea de relaciones de cajas de cambio y rango de rpm de un motor?

Aca en cordoba hubo un caso famoso hace poquito tiempo de una “picada” en que un pibe (menor) en un 147 mato a una minita…salio de un semaforo supuestamente haciendo “picadas” y al semaforo siguiente (100 mts) atropello a la minita. Los testigos dicen que iba a +100 km/h…alquien me explica como una porqueria de 60 HP llega a 100 km/h en 100 mts? :roll:

La hiena barrios es un hijo de puta, se fugo y se “limpió” seguramente de lo que haya tomado esa noche…pero nada se pudo probar. La pena se la dan por fugar (segun entiendo), ya que por un simple accidente de transito nadie va en cana…

Otra cosa a remarcar: La mina iba sin el cinturon de seguridad. Ella provoca (o mejor dicho, aumenta sus posibilidades) su muerte. Es un atenuante importante en la causa.

Es un hijo de puta y no lo niego. Pero tampoco hay que cerrar los ojos y dejarse llevar por el “venia a 33123 km/h drifteando, choco a uno, meo en la cara a otro y mientras salia le tiro una piedra a un bebe en un cochecito”

A primera vista me pareció lo mismo, aunque conducir en esas condiciones te pone en la problemática de la imprudencia/dolo eventual, y yo veo mas dolo eventual. Aunque es lógica la decisión, como carajo probás el dolo eventual? Era medio cantado que iban a meterle culposo, y si lo ves así es medio alta la pena teniendo en cuenta la escala que correspondería.
Y las lesiones? Si se concursó idealmente me cierra todo, sino hay algo que se me chispoteó…

Santi, es un mismo hecho, se toman los dos delitos y la pena maxima es el del mas gravoso.

Andres: Si te ponen condena de cumplimiento efectivo y 3 años o mas se tiene que cumplir. Lo que generalmente pasa es que se pone menos o se deja en suspenso en caso de ser el primer delito. A Barrios se le pone esta condena, a mi criterio, para frenar a la opinion publica. Casacion se la va a bajar, lo que hay que ver es si le pone cumplimeinto efectivo o en suspenso, y si le pone 3 años o mas, porque como dije antes, si le dan 3 años, es el unico caso en el que a los 8 meses de cumplir se va con libertad condicional. Si le ponen mas (aunque sea un dia mas), tiene que cumplir 2/3 partes de la condena.

Que se licuo la sangre es verdad. Yo tuve de cliente en un juicio laboral a la ex mujer (Alejandra Ponce), y Barrios la llamo desde la quinta en Mar del Plata en donde le transfundieron sangre.

A la pena se la dan por matar, él es autor de la muerte. Abandono de persona sería “lo mas leve”, o sea, en caso que solo haya herido a la mina(si las heridas no son graves ni gravísimas), según tengo entendido. El homicidio absorbe al abandono.
En cuanto a lo otro, los 2 estaban en un riesgo no permitido, pero la acción de Barrios es la causa directa de la muerte, podría haber atenuación pero no me parece que sea para tanto.

PD: Si Mati, entonces era ideal el concurso, ahí me quedó clarísimo todo.

DEBERIA haber atenuacion

En realidad yo de leyes no se un joraca. Opino mas desde una perspectiva personal que otra cosa.

Pero yo digo lo siguiente:

Si yo te choco a vos a 40 km/h, sin ir alcoholizado, sin hacer nada “raro” ni violar leyes y vos te moris porque ibas como un pelotudo sin cinturon…que culpa tengo yo, si vos CONSCIENTEMENTE aumentaste un 70% tus posibilidades de morir?? (mas alla del ¿“culposo”? (pregunto, es culposo el que es sin “intencion”??)

Si yo voy en el auto y en una esquina choco a una moto y oh casualidad!, en la moto iba un matrimonio con 2 pibes (algo que se ve habitualmente). Porque carajo tengo que “pagar” por 4 personas si yo choque un vehiculo habilitado legalmente para solo 2 personas y mayores de edad?
Y si se mueren e iban sin casco. Porque carajo tengo que pagar por su muerte si ellos al ir sin casco aumentaron conscientemente un 90% sus chances de morir?

A eso voy: Siempre se busca tirar mierda y acusar a los demas. Nadie hace un mea culpa y dice: “la verdad, como buen pelotudo me mande una cagada…si iba con el cinturon esto quedaba en un “lesiones leves” y no pasaba nada mas que un arreglo economico…”

En el primer caso no tenés nada que pagar vos, estabas dentro del riesgo permitido, el otro no. Él es responsable de su muerte. Si, culposo es sin intención.
En el caso de la moto, pueden ir 2 personas y es algo que no está mal. Si los matás a los 2 es lo mismo que matar a 5, la agravante funciona con solo ser mas de 1 los muertos, o sea, es irrelevante. Y lo del casco es complejo, podrías quedar bien parado y libre si se prueba que con el casco no hubiera muerto, pero debe ser un bolonqui…
Viste que la ley no está tan lejos de tu opinión personal? Para mi la ley penal que tenemos es bastante justa(salvo la ejecución penal que me parece nefasta).

Como es el tema de dolo eventual? es casi imposible de comprobarlo en casos asi no?

está bien…le corresponde ir a la cárcel…hubo “omisión de ayuda”…:thumbdown: