Thread para pegar noticias que uno no sabe dónde ponerlas

//youtu.be/z8ilvzrmQzI

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Miren al judío asqueroso de Garfunkel y la puta asquerosa cazando animales.

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Jajajajaj… me parece que hoy estuviste escuchando el programa de Enrique Vázquez. :mrgreen:

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Hijo de puta me hiciste salir el jugo por la nariz.

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https://www.facebook.com/DavidAvocadoWolfe/videos/10153815486741512/

no sabia donde dejarlo, me parecio genialmente estupido. Tiene miles de fallas pero lo veo posible en un futuro.

---------- Mensaje unificado a las 04:48 ---------- El mensaje anterior habia sido a las 04:45 ----------

che lei ahi que ella dijo que eran unos muñecos, nose me parecian muy reales jajaj

Ser evasor está bien visto en la garcocracia, pobres tipos millonarios que tienen que sacar su plata afuera

Segun la justicia Legalizaron Uber jaja enn contradicción de la ley jajaja

contra quien pelea rusia? contra siria? ah, me asuste, pense que iba a pelear contra un pais importante y respetable

---------- Mensaje unificado a las 14:10 ---------- El mensaje anterior habia sido a las 14:09 ----------

osea que china rusia y eeuu estan unidos para destruir siria? me parece perfecto, hacia falta desaparecer ese pais y todos los demas que le siguen, que crian suicidas que se despliegan por todo el mundo matando gente inocente

“Cuatro muertos en un accidente en un parque de diversiones de Australia”

http://www.clarin.com/sociedad/muertos-accidente-parque-diversiones-Australia_0_1675032527.html

Me llama la atención porque en el video que se ve sobre como es la atracción parece bastante tranquila y no se observan pendientes peligrosas o cosas así. Lo único que se me ocurre es que ninguno de los 4 supiera nadar, así y todo no entiendo como no pudieron rescatarlos. Otra cosa más que no se entiende es que no tengan salva vidas.

El colmo de la estupidez

La Iglesia prohíbe esparcir o guardar cenizas de las cremaciones
Vaticano

Un nuevo documento expresa que no se pueden conservar en casa, dividir entre familiares, ni dispersar en aire, tierra o agua.

Las cenizas de los católicos que desean ser cremados no pueden ser esparcidas, divididas ni conservadas en la casa sino que deben ser guardadas en un lugar aprobado por la Iglesia y consagrado, de acuerdo con nuevas normas emitidas hoy por el Vaticano. Las instrucciones fueron divulgadas antes del Día de Difuntos, que se celebra el 2 de noviembre, en el cual los fieles recuerdan a sus muertos y oran por ellos.

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Según lo difundido por AP, durante la mayor parte de su historia bimilenaria, la Iglesia católica solo permitió el entierro con el argumento de que expresaba mejor la esperanza en la resurrección. Pero en 1963, el Vaticano autorizó explícitamente la cremación siempre que no implicara una negación de la fe en la resurrección.

El nuevo documento de la Congregación para la Doctrina de la Fe insiste en que es preferible el entierro, pero expresa las normas para conservar las cenizas del número creciente de católicos que prefieren la cremación. Explica que lo hacía para contrarrestar “ideas nuevas contrarias a la fe de la Iglesia” que surgieron desde 1963, como las del New Age de que la muerte es una “fusión” con la Madre Naturaleza y el universo o una “liberación definitiva” de las ataduras del cuerpo.

El Vaticano expresó que las cenizas y fragmentos óseos no se pueden conservar en casa porque con ello se priva a la comunidad católica de recordar al difunto. Por eso, las autoridades eclesiásticas deben escoger un terreno consagrado, como un cementerio o iglesia, para recibirlas. En casos extraordinarios un obispo puede permitir que se conserven las cenizas en el hogar, dice el documento.

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El informe agrega que las cenizas no se pueden repartir entre familiares, conservar en relicarios ni dispersar en el aire, la tierra o el agua porque ello crea la apariencia de “panteísmo, naturalismo o nihilismo”, sostienen las normas. Reitera la doctrina de que a los católicos que optan por la cremación por razones contrarias a la fe cristiana se les debe negar la sepultura cristiana.

Las nuevas instrucciones están fechadas el 15 de agosto y dicen que el papa Francisco las aprobó el 18 de marzo. No estaba claro si eran retroactivas o qué deben hacer los católicos que eliminaron los restos de sus seres queridos en formas que ahora se consideran indebidas.

A continuación se publica el documento completo:

CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE

Instrucción Ad resurgendum cum Christo acerca de la sepultura de los difuntos y la conservación de las cenizas en caso de cremación

  1. Para resucitar con Cristo, es necesario morir con Cristo, es necesario «dejar este cuerpo para ir a morar cerca del Señor»(2 Co 5, 8). Con la Instrucción Piam et constantem del 5 de julio de 1963, el entonces Santo Oficio, estableció que «la Iglesia aconseja vivamente la piadosa costumbre de sepultar el cadáver de los difuntos», pero agregó que la cremación no es «contraria a ninguna verdad natural o sobrenatural» y que no se les negaran los sacramentos y los funerales a los que habían solicitado ser cremados, siempre que esta opción no obedezca a la «negación de los dogmas cristianos o por odio contra la religión católica y la Iglesia». Este cambio de la disciplina eclesiástica ha sido incorporado en el Código de Derecho Canónico (1983) y en el Código de Cánones de las Iglesias Orientales (1990).

Mientras tanto, la práctica de la cremación se ha difundido notablemente en muchos países, pero al mismo tiempo también se han propagado nuevas ideas en desacuerdo con la fe de la Iglesia. Después de haber debidamente escuchado a la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, el Consejo Pontificio para los Textos Legislativos y muchas Conferencias Episcopales y Sínodos de los Obispos de las Iglesias Orientales, la Congregación para la Doctrina de la Fe ha considerado conveniente la publicación de una nueva Instrucción, con el fin de reafirmar las razones doctrinales y pastorales para la preferencia de la sepultura de los cuerpos y de emanar normas relativas a la conservación de las cenizas en el caso de la cremación.

  1. La resurrección de Jesús es la verdad culminante de la fe cristiana, predicada como una parte esencial del Misterio pascual desde los orígenes del cristianismo: «Les he trasmitido en primer lugar, lo que yo mismo recibí: Cristo murió por nuestros pecados, conforme a la Escritura. Fue sepultado y resucitó al tercer día, de acuerdo con la Escritura. Se apareció a Pedro y después a los Doce» (1 Co 15,3-5).

Por su muerte y resurrección, Cristo nos libera del pecado y nos da acceso a una nueva vida: «a fin de que, al igual que Cristo fue resucitado de entre los muertos… también nosotros vivamos una nueva vida» (Rm 6,4). Además, el Cristo resucitado es principio y fuente de nuestra resurrección futura: «Cristo resucitó de entre los muertos, como primicia de los que durmieron… del mismo modo que en Adán mueren todos, así también todos revivirán en Cristo» (1 Co 15, 20-22).

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Si es verdad que Cristo nos resucitará en el último día, también lo es, en cierto modo, que nosotros ya hemos resucitado con Cristo. En el Bautismo, de hecho, hemos sido sumergidos en la muerte y resurrección de Cristo y asimilados sacramentalmente a él: «Sepultados con él en el bautismo, con él habéis resucitado por la fe en la acción de Dios, que le resucitó de entre los muertos»(Col 2, 12). Unidos a Cristo por el Bautismo, los creyentes participan ya realmente en la vida celestial de Cristo resucitado (cf. Ef 2, 6).

Gracias a Cristo, la muerte cristiana tiene un sentido positivo. La visión cristiana de la muerte se expresa de modo privilegiado en la liturgia de la Iglesia: «La vida de los que en ti creemos, Señor, no termina, se transforma: y, al deshacerse nuestra morada terrenal, adquirimos una mansión eterna en el cielo». Por la muerte, el alma se separa del cuerpo, pero en la resurrección Dios devolverá la vida incorruptible a nuestro cuerpo transformado, reuniéndolo con nuestra alma. También en nuestros días, la Iglesia está llamada a anunciar la fe en la resurrección: «La resurrección de los muertos es esperanza de los cristianos; somos cristianos por creer en ella».

  1. Siguiendo la antiquísima tradición cristiana, la Iglesia recomienda insistentemente que los cuerpos de los difuntos sean sepultados en los cementerios u otros lugares sagrados.

En la memoria de la muerte, sepultura y resurrección del Señor, misterio a la luz del cual se manifiesta el sentido cristiano de la muerte, la inhumación es en primer lugar la forma más adecuada para expresar la fe y la esperanza en la resurrección corporal.

La Iglesia, como madre acompaña al cristiano durante su peregrinación terrena, ofrece al Padre, en Cristo, el hijo de su gracia, y entregará sus restos mortales a la tierra con la esperanza de que resucitará en la gloria.

Enterrando los cuerpos de los fieles difuntos, la Iglesia confirma su fe en la resurrección de la carne, y pone de relieve la alta dignidad del cuerpo humano como parte integrante de la persona con la cual el cuerpo comparte la historia. No puede permitir, por lo tanto, actitudes y rituales que impliquen conceptos erróneos de la muerte, considerada como anulación definitiva de la persona, o como momento de fusión con la Madre naturaleza o con el universo, o como una etapa en el proceso de re-encarnación, o como la liberación definitiva de la “prisión” del cuerpo.

Además, la sepultura en los cementerios u otros lugares sagrados responde adecuadamente a la compasión y el respeto debido a los cuerpos de los fieles difuntos, que mediante el Bautismo se han convertido en templo del Espíritu Santo y de los cuales, «como herramientas y vasos, se ha servido piadosamente el Espíritu para llevar a cabo muchas obras buenas».

Tobías el justo es elogiado por los méritos adquiridos ante Dios por haber sepultado a los muertos, y la Iglesia considera la sepultura de los muertos como una obra de misericordia corporal.

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Por último, la sepultura de los cuerpos de los fieles difuntos en los cementerios u otros lugares sagrados favorece el recuerdo y la oración por los difuntos por parte de los familiares y de toda la comunidad cristiana, y la veneración de los mártires y santos.

Mediante la sepultura de los cuerpos en los cementerios, en las iglesias o en las áreas a ellos dedicadas, la tradición cristiana ha custodiado la comunión entre los vivos y los muertos, y se ha opuesto a la tendencia a ocultar o privatizar el evento de la muerte y el significado que tiene para los cristianos.

  1. Cuando razones de tipo higiénicas, económicas o sociales lleven a optar por la cremación, ésta no debe ser contraria a la voluntad expresa o razonablemente presunta del fiel difunto, la Iglesia no ve razones doctrinales para evitar esta práctica, ya que la cremación del cadáver no toca el alma y no impide a la omnipotencia divina resucitar el cuerpo y por lo tanto no contiene la negación objetiva de la doctrina cristiana sobre la inmortalidad del alma y la resurrección del cuerpo.

La Iglesia sigue prefiriendo la sepultura de los cuerpos, porque con ella se demuestra un mayor aprecio por los difuntos; sin embargo, la cremación no está prohibida, «a no ser que haya sido elegida por razones contrarias a la doctrina cristiana».

En ausencia de razones contrarias a la doctrina cristiana, la Iglesia, después de la celebración de las exequias, acompaña la cremación con especiales indicaciones litúrgicas y pastorales, teniendo un cuidado particular para evitar cualquier tipo de escándalo o indiferencia religiosa.

  1. Si por razones legítimas se opta por la cremación del cadáver, las cenizas del difunto, por regla general, deben mantenerse en un lugar sagrado, es decir, en el cementerio o, si es el caso, en una iglesia o en un área especialmente dedicada a tal fin por la autoridad eclesiástica competente.

Desde el principio, los cristianos han deseado que sus difuntos fueran objeto de oraciones y recuerdo de parte de la comunidad cristiana. Sus tumbas se convirtieron en lugares de oración, recuerdo y reflexión. Los fieles difuntos son parte de la Iglesia, que cree en la comunión «de los que peregrinan en la tierra, de los que se purifican después de muertos y de los que gozan de la bienaventuranza celeste, y que todos se unen en una sola Iglesia».

La conservación de las cenizas en un lugar sagrado puede ayudar a reducir el riesgo de sustraer a los difuntos de la oración y el recuerdo de los familiares y de la comunidad cristiana. Así, además, se evita la posibilidad de olvido, falta de respeto y malos tratos, que pueden sobrevenir sobre todo una vez pasada la primera generación, así como prácticas inconvenientes o supersticiosas.

  1. Por las razones mencionadas anteriormente, no está permitida la conservación de las cenizas en el hogar. Sólo en casos de graves y excepcionales circunstancias, dependiendo de las condiciones culturales de carácter local, el Ordinario, de acuerdo con la Conferencia Episcopal o con el Sínodo de los Obispos de las Iglesias Orientales, puede conceder el permiso para conservar las cenizas en el hogar. Las cenizas, sin embargo, no pueden ser divididas entre los diferentes núcleos familiares y se les debe asegurar respeto y condiciones adecuadas de conservación.

  2. Para evitar cualquier malentendido panteísta, naturalista o nihilista, no sea permitida la dispersión de las cenizas en el aire, en la tierra o en el agua o en cualquier otra forma, o la conversión de las cenizas en recuerdos conmemorativos, en piezas de joyería o en otros artículos, teniendo en cuenta que para estas formas de proceder no se pueden invocar razones higiénicas, sociales o económicas que pueden motivar la opción de la cremación.

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  1. En el caso de que el difunto hubiera dispuesto la cremación y la dispersión de sus cenizas en la naturaleza por razones contrarias a la fe cristiana, se le han de negar las exequias, de acuerdo con la norma del derecho.

El Sumo Pontífice Francisco, en audiencia concedida al infrascrito Cardenal Prefecto el 18 de marzo de 2016, ha aprobado la presente Instrucción, decidida en la Sesión Ordinaria de esta Congregación el 2 de marzo de 2016, y ha ordenado su publicación.

Roma, de la sede de la Congregación para la Doctrina de la Fe, 15 de agosto de 2016, Solemnidad de la Asunción de la Santísima Virgen María.

GerhardCard. Müller Prefecto +Luis F. Ladaria, S.I.

Arzobispo titular de Thibica Secretario

Quien va a controlar eso? La policia anti-ceniza?.

Yo quiero que me cremen y me tiren por un inodoro… no me importa. Mira si voy a pretender que mis hijos/nietos anden pagando un canon al estado para que esté pudriendome 3 metros bajo tierra.

Y por supuesto, no pueden faltar estas dos escenas:

//youtu.be/Wk61MeDmk2M

//youtu.be/63182WmUCfE

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LA JUSTICIA ARGENTINA.

Masacre de Pompeya: la Corte Suprema absolvió a Fernando Carrera
El máximo tribunal lo declaró inocente por los hechos ocurridos en 2005

La Corte Suprema de Justicia absolvió a Fernando Carrera, condenado a 30 de años de prisión por un robo que no cometió y por matar a dos mujeres y un niño con el auto luego de que la policía le disparara más de 25 veces en una persecución, pensando que era un ladrón que escapaba.

Luego de varias y severas irregularidades en la causa, con complicidad de los oficiales, la Justicia lo condenó a 30 años y luego a 15 pero la Corte lo dejó en libertad en 2013 aunque sin declararlo inocente, hasta hoy. El hecho ocurrió el 25 de enero de 2005.

El caso se popularizó a través del cineasta Enrique Piñeyro, quien filmó el documental Rati Horror Show donde contó las arbitrariedades de la investigación que lo llevaron a estar más de siete años preso condenado por “robo agravado por su comisión con armas de fuego” y “homicidio culposo agravado por haber sido ocasionado por la conducción imprudente de un vehículo automotor y por la cantidad de víctimas” en concurso real con “portación de arma de guerra” sin licencia.

Algunas de las irregularidades de la causa fueron que el testigo de la policía, Rubén Maugeri, era el presidente de la Cooperativa de la Comisaría 34. Además, el hombre que sufrió el robo que desencadenó la persecución policial declaró en el juicio que las personas que lo asaltaron iban arriba de un Fiat Palio blanco y no de un Peugeot 205 como el que manejaba Carrera.

Asimismo, en la rueda de reconocimiento ningún testigo señaló a Carrera como la persona que había cometido el robo y durante el juicio nadie declaró haber visto a Carrera disparar un arma. La Justicia no le dio importancia.

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Y algunos quieren pena de muerte en este país.

¿Sabes la denuncia que le puede hacer al Estado? Millones y millones

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yo no pido pena de muerte

yo pido primero tortura, y despues pena de muerte

saludos.

---------- Mensaje unificado a las 19:01 ---------- El mensaje anterior habia sido a las 18:59 ----------

obviamente que insisto en el tema de que no tienen que caer inocentes

se hace un juicio correspondiente y rapido (no estar 2 o 3 años boludeando y demorando)

y si sale culpable, de que alguien mato a alguien, especialmente en un tema delictivo como hay tantos miles y miles,

sale culpable, tortura y muerte

si alguien mata un familiar mio no quiero que vaya preso siquiera que hoy en dia nisiquiera va preso

pero no, preso no ,muerto, muerto no hay opcion

¿Leíste el caso que cite?

La complicidad policial y judicial hizo que un tipo inocente se coma 10 años preso

no no lo lei

obviamente, aca hay que empezar por la policia

---------- Mensaje unificado a las 19:38 ---------- El mensaje anterior habia sido a las 19:37 ----------

y por los jueces, y por los politicos , pero hay que actuar ya

no es que simplemente decir, aaa hay que bajar a los politicos jueces y policias antes que los chorros y todo sigue igual

no

hay que actuar ya, y con mano dura

http://www.cronica.com.ar/article/details/107299/le-depositaron-un-palo-por-error-y-lo-gasto-todo

GGWP

Que buena noticia
Ahora que metan preso a los jueces, fiscales y policías que armaron la causa

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Es retroactivo eso ?
Mirá si tenemos quilombo por Gigliotti y el vasco ?

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