SOBRE LA REFORMA POLITICA

jajajaja No, considero desde mi punto de vista todo refutado, simplemente aportaba notas de color:D

¿Bajo qué reglamento? No es necesario que exista ningún reglamento. Simplemente, la idea de diferenciar un artículo que pretende cierta objetividad de un newsletter o plan de acción de un partido político.
Por cómo está planteada la cuestión (encabezado y puntualización) uno espera un análisis con cierto grado de profundidad. Como mínimo, que empieze por informarme algo menos vagamente sobre lo que trata el proyecto de ley, seguido por supuesto de la opinión de su grupo político sobre cada punto del mismo. Pero que me diga que es una movida del kirchnerismo para dejar afuera del debate electoral a Pino Solanas, y no me explique por qué, no sé, me da la impresión que para eso no es necesario que se cite un artículo de la Constitución, no al menos si en vez de articularlo con el caso concreto y hacernos entender de qué manera, el texto de la Carta Magna va a quedar boyando en el encabezado a manera de adorno. Hasta donde llega mi entendimiento, el artículo da las conclusiones pero no las premisas. El problema entonces (lo que vos me reprochás, que critico el texto por no abrir el debate y tampoco lo abro yo) es que al no tener premisas que atacar, no hay forma de poner en discusión las conclusiones. Entonces no queda otra opción que desechar el texto, que no termina sirviendo más que para enterarme de la postura de un determinado partido político frente a un determinado proyecto.
Lo que me pedís que haga no me corresponde, ya que, primero, no soy yo político ni autor, segundo, no tengo una opinión del todo formada sobre la ley, tercero, no podría hacerlo (formar mi opinión) sin tener la información necesaria a mano, información que justamente le reclamo al autor del artículo que vos posteaste que, al igual que la gran mayoría de las fuentes de información (esto es una opinión personal, claro está) a las que un ciudadano común tiene acceso hoy en día, adolecen de parciales y vagas, sin que por ello no puedan ser ciertas, pero es su propia vaguedad lo primero que genera desconfianza, al menos a mí. Tiempo y espacio dudo que les falte, como para no dar tantas cosas por sentado.
Insisto en que me expliques de qué manera Pino Solanas deja de jugar por esta ley.

Jaja ok, la dejamos ahí, porque estamos desvirtuando, ya que el tema del thread es la reforma política, y en ese punto habíamos coincidido desde el primer post.

Slds,

Hay algo que parece no entendés: La premisa que buscás es ni mas ni menos que la ley en sí. Y sí, para entender el artículo, tenés que tener leída al menos superficialmente la ley o algún artículo que te la comente.

Lo que me pedís que haga no me corresponde, ya que, primero, no soy yo político ni autor, segundo, no tengo una opinión del todo formada sobre la ley, tercero, no podría hacerlo (formar mi opinión) sin tener la información necesaria a mano, información que justamente le reclamo al autor del artículo que vos posteaste que, al igual que la gran mayoría de las fuentes de información (esto es una opinión personal, claro está) a las que un ciudadano común tiene acceso hoy en día, adolecen de parciales y vagas, sin que por ello no puedan ser ciertas, pero es su propia vaguedad lo primero que genera desconfianza, al menos a mí. Tiempo y espacio dudo que les falte, como para no dar tantas cosas por sentado.

Lo que da por sentado es que el que critique el artículo conozca la ley. Curioso sería que tengas la opinión formada sin conocerla, y de solo ojearla te darías cuenta de lo que apunta el artículo. Acá te paso el link de la ley…
http://www.argentina.ar/advf/documentos/4b266024a67bb4.71410695.pdf

Insisto en que me expliques de qué manera Pino Solanas deja de jugar por esta ley.

:lol: Yo insisto en que te informes sobre la ley antes de opinar sobre los artículos que la comentan…:mrgreen:

Supongo que estarás al tanto de que Cristina vetó artículos que habían sido parte del consenso para apoyar la ley (los que establecían los plazos de aplicación de para despues de las elecciones de 2011 de ciertos artículos de la ley que o dejan por el camino partidos o les dificulta su participación).

“Lo único que explica los vetos del Poder Ejecutivo a la ley que salió del Congreso es la decisión de perjudicar a los partidos emergentes y cristalizar el bipartidismo”, expresó hoy el presidente del bloque Nuevo Encuentro Martín Sabbatella, mientras que su par de bancada, Ariel Basteiro señaló: “Con este veto parcial se confirma lo dicho por nosotros en el debate del proyecto, respecto a que esta ley tiene como objetivo principal beneficiar al PJ y la UCR y perjudicar a las expresiones emergentes de la política nacional. En vez de mejorarla, la empeora".
“La única explicación que tiene este veto es fortalecer el bipartidismo y perjudicar a los partidos emergentes, restándoles tiempo y aumentándoles las exigencias para que puedan participar de la vida política del país”, consideró Sabbatella y expresó: “Es una reforma mezquina, cortoplacista, que no mira las necesidades de la sociedad, sino la de dos partidos”.
MARTIN SABBATELLA - Diputado Nacional Nuevo Encuentro


Acá te dejo un artículo de página12 que es mas didáctico.

EL PAIS › EL VETO PRESIDENCIAL ACELERO LOS PLAZOS DE LA REFORMA Y A PARTIR DE FEBRERO SE REVISARAN LAS AFILIACIONES
Sistema político en construcción

Desde el mes que viene, la Justicia electoral comenzará a controlar que los partidos cumplan con los requisitos que marca la nueva ley. La oposición mantiene la amenaza de rechazar los vetos presidenciales en el Congreso.

Por Miguel Jorquera
El veto presidencial a la ley de reforma política aceleró los plazos que contenía el proyecto aprobado por el Congreso para que los partidos cumplieran con los requisitos que establece la nueva norma y así conservar su personería electoral. A partir de febrero, la Justicia electoral comenzará a revisar las afiliaciones partidarias y las organizaciones que no lleguen al 4 por mil del padrón electoral de cada distrito dispondrán de un plazo de 90 días para completar la cantidad mínima de afiliados bajo el apercibimiento de perder su personería jurídico-política, su nombre y su sigla. También los partidos en formación tendrán un máximo de 150 días para transformar las adhesiones en afiliaciones partidarias para obtener su reconocimiento electoral o, de no conseguirlo, caducarán sus personerías provisorias. En tanto, las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias para dirimir candidaturas llegarán recién en agosto de 2011. Aunque los partidos o alianzas que no superen con los votos obtenidos en la interna el 1,5 por ciento del padrón nacional electoral no podrán participar de la elección general que disputará la Presidencia.

Partidos “sincerados”

La decisión del Gobierno de “sincerar” y “sanear” el sistema de partidos políticos “para terminar con lo sellos de goma” puso en jaque a los denominados partidos chicos. Y la resolución de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner de vetar los dos artículos de la ley que postergaban hasta diciembre de 2011 la puesta en vigencia de las exigencias para conservar las personerías electorales, puso en marcha el reloj que ahora apremia a las organizaciones más noveles y pequeñas.
Sólo un puñado de partidos nacionales –con reconocimiento en al menos 5 de los 23 distritos electorales– puede sortear sin mayores dificultades los obstáculos de la nueva norma en base a lo recolectado en otros tiempos políticos: el PJ, la UCR, el Frente Grande (el tercero en número de afiliados después de peronistas y radicales), la Coalición Cívica, el socialismo y el macrismo, a partir de la unificación de PRO con Recrear. En verdad, el partido fundado por Ricardo López Murphy –al que renunció tras perder su conducción– es el que cuenta con reconocimiento.
El resto, casi 700 partidos (entre nacionales y provinciales), deberán lidiar con los plazos y con las dificultades para mantener a sus afiliados o ganar nuevos. Las fichas de afiliación deberán contar con los datos personales completos de cada adherente, que a su vez no deberá estar afiliado a otro partido. De ser así, la persona deberá renunciar a su anterior afiliación a través de un telegrama (con cargo al Ministerio de Interior), si no la Justicia tomará como válida la primera.
La ley establece que todos los años, tras la feria judicial, los fiscales del fuero electoral revisarán la cantidad de afiliaciones partidarias en base a la publicación que la Comisión Nacional Electoral hará los 15 de febrero, y que establecerá el piso mínimo de afiliados que se requiere para cada distrito de acuerdo con las altas y bajas de sus padrones. Deberán afrontar ese requisito los 33 partidos con reconocimiento nacional y 685 provinciales, 73 de ellos pertenecientes a la provincia de Buenos Aires.
Los partidos en formación, que tramitan su reconocimiento definitivo, tendrán que sortear otros obstáculos: 150 días para transformar el 4 por mil de adherentes –que presentó para la obtención de la personería provisoria– en afiliados partidarios y otros 180 días para realizar elecciones internas y elegir autoridades. Mientras dure ese trámite, “no podrán presentar candidaturas en elecciones primarias y generales ni tendrán derecho a aportes públicos ordinarios ni extraordinarios”. Organizaciones emergentes, como Proyecto Sur, que comanda Fernando “Pino” Solanas; Nuevo Encuentro, de Martín Sabbatella, o el Instrumento Electoral para la Unión Popular que empuja la CTA con Víctor De Gennaro, entre otros, están en esta situación.
Otros partidos con larga tradición política pero con escaso caudal electoral también afrontarán dificultades. La nueva ley establece que si un partido no se presentara en dos elecciones consecutivas, o sacara menos del 2 por ciento del padrón electoral en cada una de ellas, también perderá su personería. Una amenaza que afrontan la mayoría de los partidos de izquierda.

2011, la era de las primarias

Si el rechazo al veto presidencial que promueve la mayoría de los partidos opositores en el Congreso no prospera, el Gobierno pondrá en marcha la principal motivación de la reforma política: la realización de primarias abiertas, simultáneas y obligatorias para la elección de candidatos presidenciales y a cargos electivos nacionales. Sólo podrán participar de este proceso los partidos con personería. Las provincias que no adhieran a la nueva normativa elegirán a sus candidatos de acuerdo a lo que establecen sus respectivas leyes vigentes. Estos son los ejes principales de ese proceso:

  • Se establece primarias abiertas, simultáneas y obligatorias en todos los partidos y alianzas electorales para la designación de candidatos. Pero no habrá padrones partidarios, es decir que los ciudadanos en condiciones de votar lo podrán hacer en la interna que elijan.
  • Se fija el segundo domingo de agosto como fecha para las primarias conjuntas, en los años de elecciones generales.
  • No podrán ser candidatos las personas procesadas por crímenes de lesa humanidad o por violaciones graves a los derechos humanos. Tampoco el personal superior o subalterno de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, ni los magistrados ni directivos o apoderados de empresas concesionarias de servicios y obras públicas.
  • Todas las líneas internas de un mismo partido o de los distintos que componen una alianza serán parte de la junta electoral. También podrá realizarse corte de boletas, para los distintos cargos electivos, como en una elección general.
  • Habrá designación de colores en las boletas partidarias tanto para las elecciones primarias como generales.

La general

Pero la idea del Gobierno “de fortalecer los grandes partidos nacionales” –que desde el centroizquierda se denuncia como el regreso del bipartidismo– también genera otras exigencias a los partidos y alianzas que atraviesen el sistema de primarias. Entre otras:

  • No podrán ser candidatos quienes no hayan participado de las primarias.
  • Los partidos o alianzas que no superen en la votación de las primarias el uno y medio por ciento del padrón electoral no podrán participar de la elección general.
  • Se eliminan las listas colectoras o espejos.
  • Habrá un solo padrón electoral unificado. No existirá más la división por sexo.
  • Las empresas no podrán aportar al financiamiento de los partidos políticos. Los aportes deberán ser de personas física pero no jurídica.
  • Se prohíbe la difusión de encuestas sobre intención de votos ocho días antes de la elección general. Los partidos que no respeten la norma sufrirán sanciones económicas, mientras que los medios audiovisuales podrían perder hasta la licencia.
  • El Estado repartirá los espacios de publicidad audiovisual de todos los partidos y alianzas. El 50 por ciento será repartido por igual y el 50 restante de acuerdo a los porcentajes alcanzados por cada uno de ellos en la última elección general.

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¿Mejor?:wink:
Abrazo! Maxx

Parece que la reforma se aplica nomás, ya hay fecha confirmada para las internas. Que año movido políticamente hablando se viene …

Por cierto, TN está titulando “ADELANTAN LAS ELECCIONES INTERNAS”, cuando en realidad se están confirmando para exactamente la fecha que se estaba manejando :smiley:

El Gobierno confirma que las elecciones internas serán el 14 de agosto de 2011

El ministro del Interior ratificó que los aportes para las campañas sólo los podrán hacer personas físicas

La Presidenta firmó los decretos que reglamentan la reforma política

El Gobierno confirmó hoy que las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, previas a los comicios de octubre del año próximo, serán el 14 de agosto de 2011.
En una conferencia de prensa, el ministro del Interior, Florencio Randazzo, afirmó que “al tratarse de una elección obligatoria el control de los comicios lo hará la Justicia Electoral Nacional, mientras que el Ministerio del Interior será un mero auxiliar, como lo ha sido en anteriores elecciones generales”.
Además, el funcionario precisó que las alianzas políticas tendrán que inscribirse 60 días antes de las primarias. Además, destacó que para esas elecciones se utilizará el padrón general y que los electores votarán en las mismas escuelas tanto en las elecciones primarias de agosto como en las generales de octubre de 2011.
Fincanciamiento. En cuanto al financiamiento de las campañas políticas de cara a las elecciones generales de octubre de 2011, sostuvo que “sólo podrán hacer aportes personas físicas” y que “se suspende el aporte de personas de existencia ideal”.
Randazzo informó que en la distribución de aportes de campaña “el 50% será para todos los partidos políticos y el otro 50% se distribuirá de acuerdo a la cantidad de votos en la última elección; en lugar del 30% y 70%, respectivamente, que había hasta ahora”.
La conferencia tuvo lugar después de que Cristina Kirchner firmara esta mañana los decretos que reglamentan la reforma.

//youtu.be/3dC0ZVsDl0c&feature=player_embedded

//youtu.be/O6ARWwd7S6M&feature=player_embedded

El Gobierno reglamentó la ley de reforma política

Con su publicación en el Boletín Oficial, fue puesta en vigencia la normativa que establece un régimen de elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, y habilitó la presentación de acuerdos de adhesión -denominadas “listas colectoras”- para los comicios generales del 23 de octubre próximo. También fue establecido un nuevo “régimen de asignación y distribución de espacios para anuncios de campaña electoral en servicios de comunicación audiovisual”, que se concretará por sorteo para garantizar ser “equitativo” entre todas las fuerzas políticas.

A través de tres decretos firmados por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner; el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández; y el ministro del Interior, Florencio Randazzo, también se especificaron los criterios para la confección de las boletas electorales, que por primera vez podrán ser impresas a color e incluir las fotos de los candidatos.

El decreto 443 que hace referencia a las elecciones primarias señala en su artículo 15 que “en el acta de conformación de las alianzas pueden establecerse acuerdos de adhesiones de boletas de diferentes categorías para las elecciones generales, con otras agrupaciones políticas no integrantes de la alianza, siempre que las listas a adherir resulten ganadoras en sus respectivas elecciones primarias”.

El Boletín Oficial también determina que “desde la publicación de la convocatoria y hasta 55 días antes de la elección primaria, cada agrupación política debe acompañar al juzgado federal con competencia electoral del respectivo distrito, su reglamento electoral e informar la integración de su Junta Electoral”.

Respecto de la asignación de color a las boletas, el artículo 16 destaca que esa decisión quedará en mano de las agrupaciones y podrá ser realizada desde la fecha de convocatoria de las elecciones y hasta 55 días antes de las primarias.

Otro de los puntos aclara la responsabilidad que tendrá al inicio de la campaña la Cámara Nacional Electoral para las primarias: informar a las agrupaciones políticas el límite de gastos de campaña para cada una y para cada una de las listas internas que la integran. Esta información deberá ser publicada por internet.

En la norma 445, en tanto, se señala que el tiempo total para la publicidad por cada servicio de comunicación audiovisual será distribuido en el horario que transcurre entre las 7:00 y la 1:00. Y a los fines de que la asignación sea equitativa, el horario será dividido en distintas franjas sin que se haga un control previo del contenido, tal como lo señala el artículo 17: “La Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior y la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) no realizarán ningún tipo de control de contenido sobre los anuncios electorales”.

El sorteo de los horarios y segmentos de igual duración para todos los candidatos se comunicará a la Justicia Nacional Electoral y a la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior, estableció el decreto.

Página/12 :: Ultimas Noticias :: El Gobierno reglamentó la ley de reforma política

No se podrán incluir imágenes de personas muertas en las boletas - lanacion.com *

Si la reforma política pudo lograr que los partidos de izquierda armen un frente común de una buena vez, debe tener algo de bueno.

Es mejor 1 lamparita de 200 wts que 5 e 40 Wts :):slight_smile:

Es muy buena la reforma. Me parece lo más equitativo, además de evitar excesos en algunas campañas.

El título de La Nación es cómico. Todo un artículo hablando de cómo tienen que ser las boletas como si eso fuera la sustancial de la reforma.

Más que reforma política es una reforma electoral para complicar la emergencia y el crecimiento de partidos chicos. Y copado también que se reglamente el año electoral y en vigencia para estas elecciones.