La restricción al ingreso de bienes de origen extranjero llegó a los libros, las revistas y todo material impreso, desde folletos hasta cajas de cartón corrugado y etiquetas.
A tal punto que la costumbre de traer por courier (prestador de correo expreso por vía aérea) un libro comprado por Internet, por ejemplo, se verá afectada de manera sustancial: ya no llegará a la puerta de un domicilio, sino que habrá que ir personalmente a Ezeiza, al área de cargas, buscar la ventanilla de “Particulares”, y retirarlo allí.
Pero la restricción a la entrada de materiales impresos no termina allí: el mismo régimen de courier -utilizado por las compañías para envíos que no superen los 50 kilos ni tengan un valor superior a US$ 1000- no puede ser más utilizado por editoriales o librerías, que ahora deberán recurrir a los servicios de un despachante de aduana y tramitar la ya famosa declaración jurada anticipada de importación (DJAI), y esperar la autorización para poder recién ordenar la compra o importación del material, según dispuso la Secretaría de Comercio Interior. Guillermo Moreno está frenando en la Aduana un amplio universo de bienes importados, preocupado por la salida de divisas del país, y, en este caso, echó mano a una exigencia de orden técnico
El objetivo oficial es resguardar la “seguridad de la población” mediante “mecanismos de control tendientes a eliminar los peligros derivados del uso de tintas con altos contenidos de plomo en productos gráficos”, tal como señala la resolución 453/2010. Tal norma obliga a certificar que las tintas que se utilicen en productos gráficos no contengan “más de 0,06% de plomo”.
Asimismo, establecía su entrada en vigor a los 180 días. Pero la instrumentación llegó recién con la disposición 26/2012 de Comercio Interior, del 28 de febrero. Y la aplicación de hecho arrancó el 12 de este mes, fecha a partir de la cual debe presentarse “previo a su comercialización o ingreso al país, según corresponda, una declaración jurada”.
“A partir de estas normas, todo material impreso está sometido a un tratamiento fiscal o aduanero especial, destinado en este caso a controlar la cantidad de plomo en tintas. Hasta el 12 de marzo, no había restricción alguna, por ejemplo, para traer libros por courier . Ahora, un editor deberá proceder a realizar una despacho común”, explicó un abogado especializado en comercio exterior y derecho aduanero.
“El régimen de courier tenía hasta ahora tres limitaciones: el peso autorizado para importar y exportar por vía aérea, de 50 kilos por bulto como máximo; el valor del paquete, que no podía superar los 1000 dólares, y el régimen aduanero correspondiente. Este último punto es el que cambia al establecer la obligación de certificación y autorización previa a la importación”, amplió.
Los pasos, entonces, arrancan con la presentación de una nota en la Dirección de Comercio Interior declarando que la mercadería que se importa no contiene tintas con tal proporción de plomo en su composición. Luego, con la constancia de presentación, se debe gestionar la DJAI. “Esto, siempre y cuando se trate de importaciones realizadas por compañías, que deberán conseguir del fabricante extranjero el dato con la cantidad de plomo en tinta del producto impreso”, agregó.
Desde DHL, el courier que más mercadería mueve en el país en cuanto a envíos postales expresos por vía aérea, confirmaron los cambios operativos. “Lo que antes hacíamos nosotros ahora requiere un despacho formal, en un número importante de posiciones arancelarias, alrededor de 25”, indicaron, tras aclarar que “al tratarse los productos de papel de mercadería pesada, el volumen que se mueve por vía aérea no es importante porque el costo por kilo encarece mucho el flete”.
“Supongo que ahora, para evitar cierto tipo de certificaciones, comenzarán a imprimir cierto tipo de libros acá”, arriesgó a modo de interpretación un despachante que trata con editoriales. No obstante, advirtió que la mayoría de los impresos que provienen de la Unión Europea y de los Estados Unidos “no usan tintas con alto contenido de plomo”.
Eso sí, las tintas de seguridad usadas en la impresión de papel moneda están exentas “de cualquier tramitación”, dispone Moreno.
Restringen el ingreso de libros y revistas - 23.03.2012 - lanacion.com
Alpargatas no, libros tampoco?
escribe
Cuentan que Jorge Coscia, el meritorio secretario de Cultura, intentó mediar, inspirado en su enorme prestigio. Pero-según la indagación- le corresponde no meterse.
“Ustedes traiganmé un proyecto de equiparación y dejen de quejarse y de j…”, les dijo Moreno, según nuestras fuentes, a los pudorosos representantes de las distintas Cámaras embocadas. Como la citada Cámara Argentina de Publicaciones. La CAP. la que nuclea a los editores valientes que suelen jugarse, fervorosamente, por la libertad de comercio. Pero que se suelen resistir, ante los atropellos, a “hacer denuncias” individuales. O unas miserables declaraciones. Por el temor a que Morenito les estalle de furia y les mande la AFIP. A través de la vía solidaria (y también patriótica) del recaudador Echegaray. Con el reflejo condicionado de una irritante “integral”.
Hasta el cierre del despacho, que se sepa, los importadores por conveniencia aún no optaron por adoptar la ética febril de los calzoncillos. O por algún otro mecanismo que determinado diplomático, de la zona euro, que toma a los argentinos con equivocada seriedad, denomina técnicamente “Sistema Barter”.
Los camaristas se esfuerzan, temerosamente, en complacer a Morenito. Sugieren, a los editores, abandonar la conveniencia de imprimir los productos en el exterior. Los gráficos de la patria necesitan “defender sus fuentes de trabajo”.