El rincón armamentista

Adjunto foto desde abajo del gatillo con el rifle desarmado a ver si sirve de algo

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Este hijo de puta está más armado que la puta que lo parió

Lo amo al abuelo

Con todo el armamento que tiene, puede declarar la guerra, él solo a un país

@Joey.Zasa sos vos? O es @YACARE ?

Totalmente

El Decreto 306/2026 introduce cambios clave en la reglamentación de armas en Argentina. Lo más importante que modifica es:

  1. Control de nuevos materiales: Regula específicamente supresores de sonido (silenciadores) y sistemas de visión nocturna, clasificándolos como “uso civil condicional”. Su uso se restringe a actividades lícitas recreativas, tiro en polígonos habilitados o caza.
  2. Portación: Se amplían los plazos de vigencia de las autorizaciones de portación. Podrán extenderse más allá del año actual si el solicitante acredita riesgo justificado, evaluado por el RENAR.
  3. Herencia de armas: Se simplifica el trámite para herederos. Ya no es obligatorio tener una declaratoria judicial de herederos para registrar el arma. Bastará con acreditar el vínculo (partidas de defunción, nacimiento, casamiento) y ser legítimo usuario.
  4. Legítima defensa: Se explicita que la portación podrá autorizarse para ejercicio de la legítima defensa propia y de terceros.
  5. Requisitos para usuarios: Se incorpora como requisito la acreditación de idoneidad en el manejo de armas, mediante certificación de instructores de tiro registrados en el RENAR.
  6. Munición expansiva: Se modifica la prohibición. Ahora se permite su uso para caza o tiro deportivo (antes era solo para fuerzas de seguridad).

Vigencia: desde el 4 de mayo de 2026.

Hay que averigüar como chota se obtiene la portación

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Oh shit here we go again:

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