Ah que lindo es vivir en Argentina …
pero ya lo dijeron oficial?? en el amba creo que se puede
Yo los quiero a los viejos eh. Pero ahora son un riesgo para la salud de todos y para el mismo sistema de salud. Por eso exijo un DNU que les prohíba la circulación hasta el 21 de diciembre que comienza el verano.
Es verdad que comer manzana le hace muy bien a los dientes y encías?
Quien se quedo en Siria y quien se retiro maxi? Perdieron lo que vos quieras, pero peor terminaron los yanquis que abandonaron con el culo roto y tuvieron que retirarse con las manos vacías, sin el petroleo que fueron a robar. Ganaron los rusos.
Genial. Necesito de urgencia lentes de contacto nuevos
Igual depende de la pcia y los distritos municipales. Hay lugares que no tienen casos, acá por ej creo qeu no hay (hubo uno que se controlo del principio, venía de inglaterra). Hubo un par de sospechosos que dieron negativo y los accesos a la ciudad están totalmente controlados, nadie entra ni sale sin ser chequeado. No hay circulación local, es decir, estamos más o menos bien.
Seguramente donde cueste más flexibilizar es en los lugares donde hay circulación local.

Nosotros estamos trabajando igual y más, al trabajo ya habitual se sumaron las 100 normas que sacaron en el último mes.
Los clientes nos explotan el teléfono preguntando por los múltiples beneficios que insinuan en la TV pero no existe ninguno.
En cuanto a la cobranza de los honorarios por suerte los clientes del agro que están laburando pagan. El resto…poco y nada.
Reite pero mi socio arquitecto está entregando pedidos a domicilio. No tenía con qué vivir.

Oscar aprovecho el servicio seguro y gratuito ja
Resulta que mí hija tiene 6 alos…hace como 6 meses se golpeó y el diente incisivo arriba se le puso medio negro. En su momento el dentista nos dijo que no había problema por qué lo tenía que cambiar pronto que es normal que pase con un golpe.
Pero ahora en la encia justo en el medio le salió como un granito digamos obviamente es una infección que busca salir. Ya se le está moviendo el diente igual. Le llamé al odontólogo y me dijo que le dé optamox y que cuando pueda la va a ver. Es algo de importancia o no?
Que malote
pobre tontito, hay cada uno acá, aparte estamos en cuarentena @Gonzaloo, si venis te denuncio con la policia
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Exceptúase, en el marco de lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 355/20 del cumplimiento
del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, en el ámbito de las PROVINCIAS de
LA PAMPA, NEUQUÉN, FORMOSA, SANTA CRUZ, CORRIENTES, TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL
ATLÁNTICO SUR, SALTA, SAN JUAN, CÓRDOBA, JUJUY, LA RIOJA, CHUBUT, CATAMARCA, RÍO NEGRO, ENTRE
RÍOS, MENDOZA, SANTA FE, CHACO, BUENOS AIRES, SAN LUIS y MISIONES y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES, al personal afectado a las actividades y servicios que seguidamente se detallan, en los términos
establecidos en la presente decisión administrativa:
- Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
2.Oficinas de rentas de las PROVINCIAS, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los Municipios, con
sistemas de turnos y guardias mínimas. - Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
- Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico,
venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la
modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística.
En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público. - Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas,
con sistema de turno previo. - Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
- Ópticas, con sistema de turno previo.
- Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago
de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al
público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes. - Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.
- Producción para la exportación, con autorización previa del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
- Procesos industriales específicos, con autorización previa del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
ARTÍCULO 2°.- Las actividades y servicios mencionados en el artículo 1° quedan autorizados para funcionar,
sujetos a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca, en
cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales.
En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de
traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio
del nuevo Coronavirus.
Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento
de las actividades y servicios exceptuados por la presente. Las empleadoras y los empleadores deberán garantizar
las condiciones de higiene y seguridad establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de
las trabajadoras y de los trabajadores.
ARTÍCULO 3º.- Cada Jurisdicción provincial deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo
de las actividades y servicios exceptuados, pudiendo limitar el alcance de las mismas a determinadas áreas
geográficas o a determinados municipios o establecer requisitos específicos para su desarrollo, que atiendan
a la situación epidemiológica local y a las características propias del lugar, con el fin de minimizar el riesgo de
propagación del virus.
ARTÍCULO 4º.- Las personas alcanzadas por esta decisión administrativa deberán tramitar el Certificado
Único Habilitante para Circulación - Covid-19, con excepción de aquellas que se dirijan a los establecimientos
consignados en los apartados 2, 3, 5, 6 y 7 del artículo 1°, que circularán con la constancia del turno otorgado
para su atención. Tampoco requerirán el mencionado certificado quienes se desplacen a los fines previstos en el
apartado 1, siempre que se trate de establecimientos de cercanía al domicilio; y quienes lo hagan para solicitar
atención por violencia de género.
ARTÍCULO 5º.- Las excepciones otorgadas a través del artículo 1º de la presente podrán ser dejadas sin efecto por
cada Gobernador o Gobernadora o por el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco
de su competencia territorial, en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria
provincial y conforme la evolución epidemiológica de la pandemia COVID-19, debiendo comunicar tal decisión al
Jefe de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 6°.- El Jefe de Gabinete de Ministros podrá, en cualquier tiempo y circunstancia, dejar sin efecto
cualquiera de las excepciones previstas en el artículo 1° de la presente, según la evaluación que se realice, con
intervención de la autoridad sanitaria nacional, de la evolución de la situación epidemiológica.
ARTÍCULO 7°.- La presente norma entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
pero no alcanzan a zafar con los del agro que les pagan???
que locura estamos viviendo, viejo… y desde arriba no hacen nada, solo te abren mil pagos facil para que vayas a pagar, la puta madreeeeeee!!!
y es poco que les descuentan el 30%, dentro de todo estan “bien”, por ahi escuche que a ese ramo les iban a descontar un 50… es logico, estan cerrados todos sus locales y el delivery no les suma un joraca…
tengo entendido que en marzo solo le dieron 2500/3000 pesos del sueldo, no sé cuanto ganaran los pibitos que muchas veces esa guita se pagan los estudios

