¿Algún arquitecto/agrimensor/ingenierio civil?

Resulta que históricamente no se puede hacer ventanas en medianeras, pero el código civil nuevo dice lo siguiente:

[b]Art.2655.- El dueño de una pared no medianera contigua a finca ajena, puede abrir en ella ventanas para recibir luces, a tres metros de altura del piso de la pieza a que quiera darse luz, con reja de fierro cuyas barras no dejen mayor claro que tres pulgadas.

[/b]¿Cómo es la cosa?Porque me dijo un albañil que el código de construcción no deja hacer ventanas de ningún tipo.

Resulta que históricamente no se puede hacer ventanas en medianeras, pero el código civil nuevo dice lo siguiente:

[b]Art.2655.- El dueño de una pared no medianera contigua a finca ajena, puede abrir en ella ventanas para recibir luces, a tres metros de altura del piso de la pieza a que quiera darse luz, con reja de fierro cuyas barras no dejen mayor claro que tres pulgadas.

[/b]¿Cómo es la cosa?Porque me dijo un albañil que el código de construcción no deja hacer ventanas de ningún tipo.

Ese artículo pertenece al Código Civil de Vélez, que fue derogado. El art. 1978 del Código Civil y Comercial, que está vigente tenés que tener en cuenta.

ARTICULO 1978.-Vistas. Excepto que una ley local disponga otras dimensiones, en losmuroslinderos no pueden tenerse vistas que permitan la visión frontal a menor distancia que la de tres metros; ni vistas laterales a menor distancia que la de sesenta centímetros, medida perpendicularmente. En ambos casosla distanciase mide desde el límite exterior de la zona de visión más cercana al inmueble colindante.

Arriba de los 3 metros el muro deja de ser medianero y es privativo del que lo construyó.

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Si el muro está completamente dentro de mi propiedad y el de al lado tiene un baldío por ejemplo…¿puedo hacer ventanas a una altura de 3 metros sin preguntarle?

Creería que sí, siempre y cuando el muro este a una distancia de 3 metros del muro lindero, pero te recomiendo que consultes con alguien que la tenga más clara en este tema. Me resulta muy confusa la redacción de este artículo.

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¿Nadie más que opine?